Violencia de género en las cárceles argentinas.
Los casos de violencia de género que sufren estas mujeres, privadas de su libertad, se sostienen por la matriz heterosexual y patriarcal, que dentro de las cárceles, las vuelven vulnerables. La violencia se duplica en condiciones de encierro. No tiene que ver solo con los golpes, como ocurre con los varones, sino también con formas de intromisión en el cuerpo y con cuestiones vinculadas con la salud mental. La falta de asistencia médica, violencia obstétrica y dispositivos de aislamientos encubiertos son apenas, algunos de los castigos impuestos por la jerarquía de género.
En las cárceles de Buenos Aires se concentra el 70% de mujeres privadas de la libertad del país. De acuerdo con los registros oficiales, cerca de 800 mujeres se encuentran cumpliendo una condena en algunos de los establecimientos del Servicio Penitenciario Federal.
El 60% de ellas, está detenida por algún delito vinculado al narcotráfico, incumpliendo con la Ley 23.737. Ellas son las primeras en ir a la cárcel por estos delitos. En lugar de desbaratar grandes organizaciones, la cadena se corta por el eslabón más débil. Por esto, las calles están llenas de “mulas”.
Por delitos vinculados al robo, obtienen un 26% de detenciones y el 21% por homicidios.Dentro de las mujeres que alcanzaron una condena firme, el 53% obtuvo una pena que oscila entre los cuatro y cinco años.
Con respecto a los rangos de edades de las reclusas, oscilan entre los 25 y 44 años, distribuyéndose en los siguientes grupos: El 31% son mujeres entre 35 y 44 años, el 30% son mujeres entre 25 y 34 años y el 21% de ellas, entre 45 y 54 años.
Ser madres “intramuros”:
La desvinculación familiar tiene ciertas formas en el caso de las mujeres encarceladas, que, a diferencia de los hombres, sufren por su condición de ser mujer, más que por el contexto de encierro. Sin embargo, ambas situaciones contribuyen inevitablemente a la estigmatización y abandono familiar y social de la mujer delincuente.
Analizando las variables de estado civil, observamos que más de la mitad son solteras, separadas/divorciadas, sin embargo, la gran mayoría han sido madres a muy temprana edad y tienen hijos a cargo. Muchas de ellas deben criar a sus hijos dentro de la cárcel, por más que el ordenamiento disponga al arresto domiciliario cuando se crían niños o niñas menores de 5 años.
La cárcel empeora el vínculo con sus hijos, ya que se les resulta muy difícil poder construirlo o mantenerlo. El argumento que se sostiene, hostigándolas es de “sos una mala madre”, “no estás capacitada para cuidar de él, por ello te lo vamos a quitar”.
En vez de que las instituciones pongan en marcha un ambiente de valores, se fomenta al hostigamiento y el castigo, junto con las amenazas. Todo esto, hace más difícil que la mujer sea escuchada, y tenga en cuenta sus faltas. Esa es la razón por la que la desvinculación ocurre muy rápido y por ello, muchos de estos niños son llevados a hogares o son dados en adopción.
La solución que se les da, para conservar a sus hijos, es exigirles ciertos estándares que no pueden cumplir, por falta de recursos.Otra forma de desvinculación es a través del abandono de sus respectivas parejas.
En los distintos penales del país se observa, en los días de visita, una larga fila de mujeres con productos o alimentos de primera necesidad para abastecer a los hombres y llevan también a sus hijos para que vean a sus padres.Cuando las mujeres deben cumplir su condena, todo es al revés, por lo general los hombres no van a visitarlas y obligan a sus hijos a hacer lo mismo.
Ausencia de tratamiento carcelario adecuado:
Las cárceles fueron construidas para varones, siguiendo los lineamientos de política criminal, sin tener en cuenta las necesidades y condiciones que requieren las mujeres, travestis y trans. Esto refleja las reconfiguraciones de las relaciones de poder entre los géneros, lo cual da cuenta del modo violento en que el poder se despliega no solo en el cuerpo de las mujeres sino en la reconfiguración de sus relaciones sociales y comunitarias.
Los mecanismos que diseñan para reforzar los roles tradicionales de las mujeres consolidan la estigmatización de las mujeres, desde las actividades que desempeñan y el tratamiento que reciben en la cárcel.
Con relación a esto, podemos observar la gran falta y preparación de programas y actividades de formación laboral y educativas, que se lleven a cabo dentro de las unidades penitenciarias.
Dentro de las escasas actividades que existen, refuerzan la lógica patriarcal: actividades domésticas, cocina, limpieza y peluquería.
Esta problemática, por ejemplo, evidencia el hecho de que las reclusas que son estudiantes están en peores condiciones que los varones, ya que tienen una mayor dependencia de las facultades para acceder a los materiales de estudio, porque muchas no reciben visitas de familiares, que suelen ser la principal fuente de ayuda para ellas.
Violencia física y psicológica:
En las cárceles modernas, las mujeres afrontan situaciones de gravísima violencia física y psíquica. La violencia de género se despliega a través de la presencia del personal masculino destinado a garantizar, a través del uso de la fuerza física y sexual, el orden institucional. La presencia de personal masculino se concreta además durante los traslados.
Sin embargo, no es la única forma de manifestación de violencia hacia las mujeres presas, es decir, no solo hay violencia física perpetrada por personal masculino hacia internas mujeres cuyas consecuencias han sido aberrantes: casos de pérdida de embarazos, rotura de huesos y demás lesiones, y hasta pérdida de la vista dentro de los penales
Además de la violencia física, que muchas veces ocurre frente a los niños, en las cárceles con pabellones de madres también hay mecanismos más sutiles de violencia simbólica, de desnudos forzados en presencia de agentes masculinos, etc.
A todo esto, se le suma que en realidad las mujeres no se encuentran en condiciones de debido resguardo de denunciar. En general, toda voz altisonante en el ámbito carcelario puede traer graves represalias, y denunciar malos tratos es firmar una sentencia, ante la falta de dispositivos que garanticen la vida. La denuncia promete mayor nivel de represión para mujeres por haber desafiado al poder masculino, ya que resulta más disruptiva porque se apartan de la imagen de “mujer sumisa” construida por la normatividad patriarcal. Si denunciar episodios de violencia de género es muy arduo para las mujeres en el mundo libre, por el alto grado de descreimiento, prejuicios y demás, la dificultad aumenta con creces en prisión por condiciones de aislamiento que enfrentan las mujeres.
Deficiencias en la atención médica y el acceso a la salud:
La OMS estableció que el concepto amplio de salud comprende el completo bienestar físico, psíquico y social, y significa, además, la asistencia para el adecuado desarrollo del ser desde antes de su nacimiento y el mejoramiento de su calidad de vida.
El artículo 9 de la Ley 12.256 reconoce como uno de los derechos de las internas, la atención y el tratamiento integral de la salud y la convivencia en condiciones de salubridad e higiene. También señala que el juez de ejecución penal deberá garantizar el cumplimiento de las normas constitucionales, de los tratados internacionales ratificados por la República Argentina, y los derechos de las personas que se encuentran bajo la jurisdicción del Servicio Penitenciario.
Sin embargo, la realidad no demuestra el cumplimiento de lo anterior mencionado.
Más aún, una adecuada aplicación de perspectiva de género en la atención médica y el acceso a la salud para mujeres encarceladas debería contemplar las particularidades médicas y psicológicas por las que atraviesan ellas: estudios ginecológicos, mamografías, enfermedades de transmisión sexual, embarazos, dolencias menstruales, trastornos depresivos, etc., lo cual se evidencia deficiente, o en ocasiones, inexistente. El área de salud de las unidades penitenciarias, no cuentan ni con el equipamiento ni con los profesionales para realizar este tipo de controles a las internas.
Así mismo, la provisión de elementos de higiene personal como toallitas femeninas o papel higiénico debería ser cubierta por el servicio penitenciario, pero como tal situación tampoco parece ser atendida, las mujeres encarceladas dependen de sus familiares, pareja y/o amigos se los proporcionen. Aunque volviendo al tema de la desvinculación, muchas mujeres no son visitadas, y, por lo tanto, no proporcionadas de estos productos de primera necesidad, y se ven obligadas a pedirlos y meterse en una situación muy incómoda para ellas.
El acceso a la salud en general y particularmente a la salud sexual de las mujeres se ve completamente obstaculizado. Ante una emergencia, por ejemplo, se debe trasladar a las mismas a hospitales porque las unidades no cuentan con los elementos necesarios para una adecuada atención. Esto puede atentar contra la urgencia misma de la situación.
Primero la observa un enfermero que se sitúa en la unidad penitenciaria y luego el, visualizando la situación decide si hay que trasladarla.
En cuanto a la salud sexual dentro de las unidades los programas de Educación Sexual Integral que son para concientizar acerca de los embarazos no deseados o enfermedades de transmisión sexual se dan a través de folletos o pancartas. Así mismo, el Servicio Penitenciario provee pastillas y preservativos.
Violencia Obstétrica:
En este sentido, nos referimos a la violencia que sufren las reclusas, como otra manifestación de violencia respecto al acceso de salud.
Por ejemplo, no existe el parto respetado, por lo tanto, en el proceso de trabajo de parto y el parto, la mujer no puede acceder al acompañamiento de un familiar u otras personas que haya elegido. Solo deben ser acompañadas por el personal penitenciario.
En el momento del parto sufren insultos por parte del personal que acompaña y en el momento de querer pasar tiempo con sus hijos para, por ejemplo, amamantarlos.
Muchas de ellas, denuncian a estos por el impedimento de permanecer con sus hijos, ya que muchas de ellas son llevadas de vuelta a la cárcel, mientras sus hijos aún permanecen en el hospital.
Las mujeres no pueden elegir sobre sus propios cuerpos, ni por sus embarazos.
La prisión es para la mujer, un espacio discriminador y opresivo, particularmente por el significado que asume el encierro. Se trata de una experiencia doblemente estigmatizadora y dolorosa, dado el rol que la sociedad le ha asignado a las mujeres.
Claramente, empezamos a notar que el poder penal y el de género tienden a reubicar a la mujer dentro de los roles y cualidades fijados por el patriarcado, con lo cual, concluimos que la cárcel, fija a fuego y con rejas de hierro, las construcciones estereotipadas de género.