Desmienten la supuesta entrega de tierras de uso público.

La presidenta del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Magdalena Odarda, desmintió mediante un comunicado de prensa la supuesta entrega de tierras de uso público denunciado por organizaciones empresarias, juntas vecinales y específicamente el sector alineado con Juntos por el Cambio en nuestra provincia.

Créditos: ANRed.

Las cámaras de Comercio, de Turismo, la Asociación Hotelera Gastronómica, la Sociedad Rural, el club Los Pehuenes y algunas juntas vecinales expresaron “preocupación” frente a lo que entienden como “la inminente pérdida de grandes extensiones de tierras de uso público que rodean a Bariloche” y denuncian que el INAI intenta “otorgar” reconocimiento de ocupación comunitaria sobre 2.900 hectáreas que están bajo custodia del Ejército.

En respuesta, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), presidido por Magdalena Odarda, emitió un comunicado desmintiendo estos dichos y defendiendo el accionar del instituto.

ODARDA RECLAMA QUE LOS PUEBLOS INDIGENAS NO SEAN UTILIZADOS EN CAMPAÑA ELECTORAL

La presidenta del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Dra. Magdalena Odarda, manifestó que las versiones vinculadas en las últimas horas relacionadas a nuestro organismo, son absolutamente inexactas. Desde INAI sostenemos que los derechos de los pueblos indígenas deben ser respetados y no utilizarse para ninguna campaña electoral como la que se encuentra en curso.

“El INAI, como ya se ha reiterado en varias oportunidades, no cede, transfiere o entrega tierras. Solo releva, en cumplimiento de la legislación vigente, y cumple sentencias judiciales. La función del organismo es respetar y hacer respetar la ley 26160 y sus modificatorias que establece los relevamientos territoriales en comunidades indígenas de todo el país. Por otro lado, esta ley nacional que data del año 2006 y fue prorrogada en tres oportunidades, -la última en el año 2017 por unanimidad-, establece la prohibición de llevar a cabo desalojos o desposesiones mientras dure el proceso de relevamiento” expresó la titular del organismo.

Aclarando que, durante el anterior gobierno, los relevamientos – en general- fueron inexistentes, razón por la cual este organismo está solicitando a la SIGEN una auditoría relacionada con el destino de los fondos no ejecutados en algunas provincias. Actualmente hay un sumario en trámite por un faltante de $5.000.000 contra la gestión anterior de INAI.

Los relevamientos bajo modalidad centralizada, tal como lo establece el programa “RETECI” en Río Negro y notificados debidamente a la Provincia fueron dos, a saber: comunidad “Lof Buenuleo” y comunidad “Lof Celestino Quijada”, llevándose adelante las tareas de campo, previo a la declaración del ASPO por COVID 19. En el último caso, gracias al relevamiento territorial y los reiterados reclamos de la LOF y la representación indígena, se logró un histórico fallo que ordenó abrir el camino en un barrio cerrado para que los integrantes de la misma (ancianos, niños y adultos), puedan llegar a su territorio tradicional. En el 2007 le cerraron el paso y la comunidad se vio obligada a caminar kilómetros en caminos escarpados para llegar a la escuela, aprovisionarse de alimentos y acceder a centros de salud. Una injusticia que se perpetuó a través del tiempo y que hoy se le comienza a poner fin.

Cabe mencionar que se han desestimado todas las causas penales presentadas contra la presidenta de INAI por la firma de dichas resoluciones que dieron por finalizado el relevamiento territorial, dado que se consideró que las tareas fueron ajustadas a derecho. Dicha sentencia fue ratificada en segunda instancia. Si existen dudas sobre el procedimiento efectuado, cualquier ciudadano puede acudir a la justicia. Lamentamos que el racismo y la estigmatización siga existiendo contra los pueblos indígenas en declaraciones mediáticas que tienden a dividir a la comunidad.

INAI respeta la Constitución Nacional en su artículo 75 inciso 17, los Convenios Internacionales que fueron incorporados a nuestro derecho interno, como lo es la consulta libre, previa e informada. En emprendimientos diseñados sobre territorio relevado mediante la ley 26160 a comunidades indígenas en San Carlos de Bariloche, tal como lo ordena el Convenio 169 de la OIT y la ley Nacional 24071, este derecho, no se ha cumplido en absoluto.

INAI también recepta en todas sus acciones, la ley rionegrina nro. 2287, la cual indica la obligación del Estado rionegrino de “garantizar la existencia institucional de las comunidades y sus organizaciones, así como el derecho a la autodeterminación dentro del marco constitucional, implicando un real respeto por sus tradiciones, creencias y actuales formas de vida…”.

Comunicado de prensa – INAI.

El sector empresarial y sus aliados, tachan de “ilegal” el accionar del Instituto que conduce Odarda y entienden que se han manejado estas cuestiones de forma “unilateral, inconsulta y mediante cuestionables procedimientos administrativos”. Estos reclamos son impulsados por un espacio “multisectorial creado para abordar la temática del otorgamiento de tierras públicas en torno a la ciudad” explica el amarillista diario El Cordillerano -convocando, además, a una reunión que este espacio haría en el mes de agosto-.

Manifestaron además que es importante preservar las tierras públicas en custodia del Ejército y Parques Nacionales para “garantizar” el uso y disfrute de habitantes y visitantes de la ciudad, defender el ambiente y rechazaron los actos de violencia que “afectan la convivencia y comprometen a la industria turística”.

En la misma línea, el legislador provincial de Juntos por el Cambio, Juan Martín, presentó un proyecto de comunicación en donde propone exigirle al Ministerio de Justicia de la Nación “que se abstenga de otorgar el reconocimiento comunitario a los usurpadores de las 2.900 hectáreas destinadas a la construcción del Parque Central de Bariloche”. Así como también abstenerse de entregar tierras de forma “irregular”.

Según indican, esta discusión comenzó cuando el INAI reconoció a través del relevamiento técnico jurídico y catastral -según indica la ley 26.160 y sus prórrogas- la presencia actual, tradicional y pública a la Comunidad Lof Che Celestino Quijada en su territorio ancestral. La resolución emitida por el organismo nacional fue objeto de una impugnación presentada por el intendente Gustavo Gennuso, por ser “inconsulta y sin tener en cuenta la planificación urbana que se viene desarrollando en la zona en términos de preservación ambiental”, obviando que mediante la ley provincial 2.287 -de adhesión a la ley 26.160- se reconocen los derechos de los pueblos originarios en todo el territorio de la provincia.

El equipo de prensa del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas informó a través de un comunicado que el organismo está en cumplimiento de sus responsabilidades, cumpliendo con la ley vigente y defendiendo derechos que tienen rango constitucional.

También puede gustarle...

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *